El sorteo de UN VUELO CON SANSA AIRLINES – en adelante denominada dentro del presente reglamento como el “Sorteo” – se regirá por las leyes aplicables de la República de Costa Rica en cuanto a lo general, y, en forma específica por las siguientes reglas y condiciones redactas en cláusulas – en lo sucesivo denominadas en conjunto como el “Reglamento” -.
Centenario Internacional S.A., con cédula jurídica número 3-101-010979 es el Organizador del Sorteo, para todos los efectos legales correspondientes. Toda persona participante tiene la obligación de leer y conocer el presente Reglamento, que se hará conocer a través de los canales de comunicación físicos y digitales del Organizador, el Organizador no se hará responsable por los participantes que no hayan leído o que no conozcan el Reglamento.
1: Elegibilidad para participar y excepciones:
Con las excepciones que se dirán, podrán participar en este Sorteo todas aquellas personas que al momento de participar tengan y cumplan con los siguientes requisitos:
- Tengan al menos 18 (dieciocho) años de edad cumplida al inicio del plazo de esta Promoción.
- Que cuenten con un documento de identificación oficial y vigente expedido por el Gobierno de Costa Rica (cédula de identidad, cédula de residencia, pasaporte) o pasaporte emitido por otro país en el caso de extranjeros no residentes, el cual le será solicitado al momento de reclamar el premio del Sorteo.
- Que cumplan con las obligaciones y requerimientos de este Reglamento.
No podrán participar en este Sorteo:
- Empleados, ejecutivos, funcionarios, proveedores y/o agencias de publicidad que brinden servicios al Organizador.
- Familiares en segundo grado de consanguinidad de empleados, ejecutivos, funcionarios, proveedores y/o agencias de publicidad que brinden servicios al Organizador.
2: Organizador y medios oficiales de contacto:
La presente promoción es organizada por Centenario Internacional S.A., con cédula jurídica número 3-101-010979. Le corresponderá la organización del Sorteo y será el único responsable de la misma ante cualquier tercero. Para cualquier aspecto relacionado con este Sorteo, todas las comunicaciones serán atendidas en la siguiente dirección electrónica [email protected]
3: Plazos:
Este Sorteo se regirá por los siguientes plazos:
- Plazo para participar: El plazo para participación inicial el día en que se publique la historia y finaliza el día 28 (veintiocho) de febrero del 2022.
- Fechas de realización del sorteo: El sorteo se llevará a cabo el día 02 (dos) de marzo del 2022 y se anunciará el día 07 (siete) de marzo del 2022.
- Plazo para el disfrute del premio: La persona que resulte ganadora del sorteo tendrá un plazo para disfrutarlo de 1 (un) año a partir del 07 (siete) de marzo del 2022.
4: Dinámica de la Promoción:
El sorteo de UN VUELO CON SANSA AIRLINES consiste en que todas aquellas personas elegibles para participar según la cláusula 1 de este Reglamento que (i) sigan el perfil de Ron Centenario Costa Rica en Instagram (ron.centenario) (ii) escribir en la caja de comentarios, habilitada en la historia, con quien les gustaría compartir ese vuelo.
Una vez cumplidos los requisitos i y ii indicados en el párrafo anterior, las personas se considerarán como Participantes del Sorteo.
5: Premio y restricciones:
El premio del Sorteo será 1 (un) vuelo de ida y vuelta con SANSA Airlines a cualquiera de los destinos dentro de Costa Rica.
El premio no se puede canjear en fechas festivas de “Semana Santa”, “Día de la Madre” ni “fin de año”. El ganador se podrá quedar los días que considere necesarios en el destino seleccionado, pero si debe reservar la ida y el regreso a la hora de canjear el premio. Está sujeto a disponibilidad.
Las personas ganadoras deberá́n firmar el recibo de su premio, aceptando todas las limitaciones y condiciones del premio y de tal forma liberando al Organizador de toda responsabilidad.
El premio no es transferible, negociable, ni pueden ser comercializable. En caso de que la persona ganadora no desee disfrutar de su premio, perderá́ automáticamente todo derecho de reclamo, y el premio será́ considerado como no reclamado.
6: Territorio:
El presente Sorteo será válido y surtirá efecto únicamente dentro de la República de Costa Rica, y se implementará en los establecimientos que defina e identifique el Organizador.
7: Información del Participante:
El Organizador considerará como Participante del Sorteo a las personas que cumplan con todos los requerimientos. Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al participante implicará que no podrá participar en el Sorteo. Igual consecuencia tendrá el hecho de proporcionar información falsa o inexacta. Al participar en el Sorteo, el participante manifiesta y garantiza que cuenta con autorización suficiente para participar a título personal.
8: Responsabilidad del Organizador:
El Organizador será responsable única y exclusivamente por la entrega del premio descrito en este Sorteo y por la aplicación del Reglamento. Los Participantes serán responsables del uso y disfrute que den al premio en aplicación de los procedimientos, garantías y normativa que establezca SANSA Airlines para el que se disfrute el premio.
Al participar en este Sorteo, los participantes liberan de responsabilidad a los Organizadores, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en este Sorteo así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en el Sorteo, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión de los artículos de este Sorteo, o bien del hecho que su identidad se haga pública por haber participado en el Sorteo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad de los Organizadores por: a) Gastos incurridos para participar en el Sorteo; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo del Sorteo; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de este Sorteo.
9: Suspensión del Sorteo:
El Organizador se reserva el derecho de suspender el Sorteo temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo del premio en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable del Organizador. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño del Sorteo, así como las acciones que a juicio del Organizador sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a el Sorteo o su Organizador, podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
10: Relación entre las partes:
Ninguna disposición del presente Sorteo se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante del Sorteo, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de las compañías organizadoras. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente Reglamento, podrá evacuarse mediante correo electrónico a la dirección [email protected]
La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este Reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. El Reglamento será publicado en la página web https://mezclaloencasa.com/.